Realizamos todo tipo de instalaciones electricas en B.T. tales como: 1.- Las de edificios destinados principalmente a viviendas, locales comerciales y oficinas que no tengan la consideración de locales de pública concurrencia, en edificación vertical u horizontal.
2.- Las correspondientes a viviendas unifamiliares que son aquellas en las que una única familia ocupa el edificio en su totalidad, a diferencia de las viviendas colectivas.
3.- Las de edificios o locales destinados a estacionamientos de vehículos que requieren ventilación forzada.
4.- Las de edificios o locales destinados a estacionamientos de vehículos que disponen de ventilación natural.
5.- Las correspondientes a locales de pública concurrencia.
- Cualquiera que sea su ocupación los siguientes: Templos, museos, salas de conferencias y congresos, casinos, hoteles, hostales, bares, cafeterías, restaurantes o similares, zonas comunes en agrupaciones de establecimientos comerciales, aeropuertos, estaciones de viajeros, estacionamientos cerrados y cubiertos para más de 5 vehículos, hospitales, ambulatorios y sanatorios, asilos y guarderías. - Si la ocupación prevista es de más de 50 personas: Bibliotecas, centros de enseñanza, consultorios médicos, establecimientos comerciales, oficinas con presencia de público, residencias de estudiantes, gimnasios, salas de exposiciones, centros culturales, clubes sociales y deportivos.
6.- Las correspondientes a industrias, que son un conjunto de operaciones materiales ejecutadas para la obtención, transformación o transporte de uno o varios productos naturales.
7.- Las correspondientes a :
- Las que utilicen tensiones especiales. - Las destinadas a rótulos luminosos salvo que se consideren instalaciones de Baja tensión según lo establecido en la ITC-BT 44. - Cercas eléctricas. - Redes aéreas o subterráneas de distribución.
8.- Instalaciones de alumbrado exterior:
destinadas a iluminar zonas de dominio público o privado, tales como autopistas, calles, plazas, parques, jardines, etc. Igualmente se incluyen las instalaciones de alumbrado para cabinas telefónicas, anuncios publicitarios, mobiliario urbano, monumentos o similares, así como todos los receptores que se conecten a la red de alumbrado exterior.
9.- Las correspondientes a locales con riesgo de incendio o explosión de Clase I ó II, excepto garajes.
10.- Las de quirófanos y salas de intervención.
11.- Las correspondientes a piscinas y fuentes.
12.- Las correspondientes a :
- Bombas de extracción o elevación de agua, sean industriales o no
13.- Las correspondientes a:
- Generadores y convertidores: grupos electrógenos e instalaciones de energías alternativas. - Conductores aislados para caldeo, excluyendo las de viviendas
14.- De carácter temporal para alimentación de maquinaria de obras en construcción.( luz de obra )
Ferias, exposiciones, stands, pulidores, alumbrados festivos de calles, verbenas, casetas, ventorrillos, etc. (Grupo d )
15.- Almacenes destinados a productos no clasificados como materia inflamable o combustible, con riesgo de incendio o explosión
16.- Establecimientos agrícolas y hortícolas:
17.- Antenas de telefonía, instalaciones de telecomunicaciones y similares
18.- Puertos y muelles deportivos
19.- Urbanizaciones residenciales, comerciales e industriales
20.- Todas aquellas que, no estando comprendidas en los grupos anteriores, determine el Ministerio de Ciencia y Tecnología o la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, mediante la oportuna Disposición.
21.- Otras instalaciones no incluidas en los epígrafes anteriores
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