Instalaciones eléctricas en B.T. que necesitan proyecto técnico:

Ver tabla en pdf: tabla (215kb)
Ver tabla desde Web: tabla

* Debes tener algún lector de ficheros del tipo pdf para poder visualizar la tabla, como por ejemplo el programa acrobat reader.

Instalaciones de gas que necesitan proyecto técnico:

Según lo dispuesto en el punto 2.1.D del reglamento de instalaciones receptoras de gases combustibles, las instalaciones de almacenamiento por botella o embases de G.L.P. necesitarán proyecto en los siguientes casos:

  • Las instalaciones con capacidad almacenada superiror a 200 Kg., si la capacidad unitaria de las botellas es inferior a 15 Kg.
  • Las instalaciones con capacidad almacenada superiror a 350 Kg., si la capacidad unitaria de las botellas es superior a 35 Kg.

Igualmente necesitarán proyecto todas aquellas instalaciones cuando la suma de los consumos de todos los receptores es superior a 5 Kg/h, o lo que es lo mismo cuando la potencia calorífica total sea superior a los 70 kW.

Instalaciones de calefaccción, agua caliente sanitaria y aire acondicionado en edificios que necesitan proyecto técnico:

Según lo dispuesto en I.T.E. 07.1 del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios será necesaria la realización de un proyecto técnico para todas aquellas instalaciones mencionadas en este apartado cuya potencia técnica sea mayor que 70 kW.

Instalaciones de suministro de abastecimiento y distribución de agua fria que necesitan proyecto técnico:

Según lo dispuesto en en la Orden de 12 de abril de 1.996 de la Consejería de Industria y comercio necesitarán proyecto técnico las siguientes instalaciones:

  1. Instalaciones con batería de contadores divicionarios y agua caliente central o aire acondicionado centralizado condensados por agua.
  2. Instalaciones con batería de contadores divicionarios (más de 16 contadores).
  3. Instalaciones individuales para cualquier destino con caudal superior a 3 l/s.
  4. Instalaciones con suministro por contador en las que se utilizen mas de 7 fluxores.
  5. Instalaciones en establecimientos turísticos alojativos.
  6. Instalaciones en establecimientos industriales.
  7. Instalaciones receptoras con diametro de tubo de alimentación igual o superior a 40 mm
  8. Edificios de más de 15 plantas.

 


Ejemplo ilustrativo de los pasos a seguir para la puesta en marcha de un bar o restaurante:

1.- Contactar con un técnico competente ( ingeniero industrial o ingeniero técnico industrial ) para redactar un proyecto técnico sobre las instalaciones y actividad a desarrollar. Dependiendo del caso, habrá dos proyectos técnicos, uno de ellos obligatorio. El proyecto obligatorio es el de la actividad de bar, instalación eléctrica, contra incendios y ventilación. El segundo es el de la instalación de gas propano, cuya obligación dependerá de la cantidad de botellas instaladas, de la potencia calorífica instalada ( si es superior a los 70 kW o 5 kg/h de consumo) o de ambas.

2.- Una vez realizado el proyecto técnico y entregado este a la propiedad, la misma deberá ponerse en contacto con los instaladores autorizados por la Delegación de Industria ( instalador electricista , instalador de gas, instalador de aire acondicionado, instalador de extracción forzada de aire, instalador de fontanería, etc…), para que estudien el proyecto, lo presupuesten y una vez dado la conformidad por parte de la propiedad lo ejecuten siguiendo las pautas establecidas en el mismo. Ante cualquier duda, discrepancia o modificación que crean conveniente, deberán consultar primero con el ingeniero director de obra antes de ejecutarla, para poder determinar si dicha cuestión es reglamentaria o no en función de la normativa vigente.

3.- En el caso de la instalación de electricidad, el instalador electricista deberá realizar la solicitud de punto de enganche y ponerse en contacto con los capataces de la empresa UNELCO-ENDESA para el estudio, determinación y definición de la instalación de enlace ( Caja General de Protección, derivación individual, modulo contador , etc..).

4.- Acabado las instalaciones, el instalador correspondiente emitirá un boletín o certificado de la instalación. En el caso del instalador electricista deberá entregar además dos copias del anexo de información al usuario ( una de ellas será entregada a la Delegación de Industria cuando se proceda al sellado de los boletines) . Por otro lado, en el caso de la instalación eléctrica es necesario que un organismo de control acreditado haga una inspección inicial. Por lo tanto la propiedad deberá contratar los servicios de uno de estos organismos. Se facilita una lista de los organismos de control acreditados que operan en Tenerife, para facilitar a la propiedad la elección de uno de ellos. En el caso de la instalación de gas butano o propano, es necesario que el instalador de gas se ponga en contacto con un inspector de DISA , para dar conformidad a la instalación.

5.- Emitido el boletín o certificado de instalación ( eléctrico o de gas según proceda) y el certificado del organismo de control acreditado, se deberá entregar al ingeniero una copia de cada uno de ellos, para emitir el correspondiente certificado final de obra, por parte del mismo.

6.- Una vez realizado el certificado final de obra, el ingeniero entregará cuatro o cinco copias del mismo al la propiedad. (5 copias del certificado de final de obra eléctrico y 5 copias del certificado final de obra de gas si se hizo el proyecto de gas).

7.- En siguiente paso es presentar por parte de la propiedad la documentación ante la delegación de industria y energía de S/C. de Tenerife ( planta 7 de edificio Usos Múltiples I, ubicado en la Avda. de Anaga de Santa Cruz de Tenerife), para sellar los boletines o certificados de instalación. En el caso de la instalación eléctrica se debe presentar: -1 copia del proyecto técnico. -1 copia del certificado final de obra ( CDO) -1 copia del certificado del organismo de control acreditado -5 copias del certificado de instalación ( boletín eléctrico). - 1 instancia (el modelo se lo facilitarán los funcionarios de la ventanilla en el momento de presentar la documentación). - pago de las tasas correspondientes. En el caso de la instalación de gas se debe presentar: -2 copias del proyecto técnico -1 copia del certificado final de obra -5 copias del boletín de gas. - 1 instancia (el modelo se lo facilitarán los funcionarios de la ventanilla en el momento de presentar la documentación). - pago de las tasas correspondientes.

8.- Dejar transcurrir una semana o una semana y media, para volver a la delegación a recoger los boletines sellados. Deberá ir el titular que figure como peticionario para poder retirarlos o en su defecto éste deberá indicar por escrito que faculta a otra persona para que actúe en su nombre a la hora de la retirada de los mismos. 9.- Una vez sellado los boletines dejárselos al instalador correspondiente para que terminen los trámites de contratación con la compañía UNELCO-ENDESA o DISA según sea instalación eléctrica o de gas respectivamente.

Atentamente Sinelca S.L.


Lista de Organismos de Control acreditados:

A continuación podrá consultar una lista de organísmos de control acreditados que actuan en la Comunidad Autónoma de Canarias.

listado de O.C.A.(110kb)

 

 
   
Dirección General de Industria y Energía Instaladora, mantenedora industrial Instalaciones Eléctricas Solares Colegio oficial de Ingeniería Industrial de Canarias